Dos ordenanzas emitidas por el Ministerio de Salud en julio de 2026 establecieron nuevos mecanismos para monitorear la disponibilidad de tecnologías incorporadas al Sistema Único de Salud (SUS) y para negociar precios y condiciones económicas con sus proveedores.
Estos cambios no se limitan a los llamados medicamentos de alto costo, ni afectan únicamente a las empresas que presentan una nueva tecnología ante la Conitec. Los productos genéricos, las tecnologías incorporadas hace años y los productos previamente rechazados podrían requerir una nueva evaluación, dependiendo de su situación actual dentro del SUS y de la estrategia de la empresa.
La Ordenanza GM/MS n.º 11.981, del 20 de julio de 2026 y publicada el 22 de julio, estableció un proceso para monitorear la disponibilidad de las tecnologías incorporadas al SUS que son financiadas por el Gobierno Federal.
Tras la decisión de incorporar una tecnología, las áreas competentes del Ministerio de Salud deben coordinar las medidas necesarias para garantizar que dicha tecnología esté efectivamente disponible, incluyendo:
- definición de las responsabilidades de financiación y provisión;
- previsión presupuestaria;
- elaboración o actualización de guías clínicas;
- inclusión o modificación en los listados del SUS;
- ajuste de la infraestructura y de los flujos de atención;
- planificación y seguimiento de la adquisición centralizada, cuando corresponda.
El objetivo es reducir la brecha entre la incorporación formal y el acceso efectivo. Una decisión favorable de la Conitec, por sí sola, no garantiza la disponibilidad cuando aún faltan protocolos, presupuestos, responsabilidades definidas, infraestructura asistencial o procesos de adquisición.
La Ordenanza GM/MS n.º 12.011/2026, publicada el 23 de julio, creó el Comité de Negociación de Precios y Condiciones Económicas para Tecnologías de Salud.
El Comité puede actuar durante las evaluaciones de tecnologías de la Conitec, en los procesos de adquisición llevados a cabo por el Ministerio de Salud y durante la renegociación de contratos existentes. Su labor también puede contribuir a facilitar la adquisición de tecnologías que ya han sido incorporadas pero que aún no están disponibles en el SUS.
Entre los mecanismos permitidos se incluyen:
- acuerdos de acceso gestionado;
- compartición de riesgos;
- descuentos condicionales;
- adquisición escalonada;
- negociación basada en la cartera de productos;
- descuentos con confidencialidad sobre el precio real pagado;
- otras soluciones económicamente y legalmente admisibles.